Desde la AV BORDAS DE LA ROSALEDA vamos a realizar una campaña de CONCIENCIACIÓN dirigida hacia el colectivo de personas hacen uso del PARQUE DE LA ROSALEDA con animales domésticos ( perros en su mayoría).
El objeto es el cumplimiento de la  ORDENANZA DE ARBOLADO, de PARQUES Y JARDINES PÚBLICOS EN EL MUNICIPIO DE  SEVILLA ( os remito el artículo )
¿Qué SOLUCIONES/IDEAS planteáis?
Art.8º.- La conducción y estancia de animales domésticos o domesticados en las zonas de parques y 
jardines se llevará a cabo en la forma y condiciones establecidas por las normas de seguridad, sanidad y 
veterinarias reguladoras de la materia, contando además con las exigencias de identificación sanitaria. 
 Dicha conducción, se efectuará por las zonas de paseo de los parques evitando causar molestias a 
las personas, acercarse a los juegos infantiles, penetrar en las praderas de césped, en los macizos 
ajardinados, en los estanques y/o fuentes, y que espanten a las palomas, pájaros y otras aves. 
 Como medida higiénica ineludible las personas que conduzcan dichos animales estarán  obligados 
a recoger los excrementos que éstos depositen, de conformidad con lo establecido en la Ordenanza 
Municipal de Limpieza, y depositarlo envueltos en los contenedores y/o papeleras públicas. 
 La responsabilidad derivada del comportamiento  de los animales será de las personas que lo 
tengan a su cuidado, o en su caso, de  su propietario de conformidad con  la legislación vigente (artículo 
1.905 del Código Civil).